martes, 1 de mayo de 2012

Vías Pecuarias

Las vías pecuarias son caminos de trashumancia que unen los lugares tradicionales de pastoreo de España para que los pastores y ganaderos puedan llevar el ganado caprino, ovino y bovino a los mejores pastos aprovechando la bonanza del clima: a los puertos o zonas de pastos de alta montaña en verano o a zonas más llanas y de clima más templado en inviernos extremos. Las vías pecuarias se diferencian entre sí y adquieren su nombre según su anchura.

Además, las vías pecuarias son grandes fuentes biológicas puesto que en ellas crecen diversos tipos de vegetación y son el hábitat de diferentes especies animales. Por otro lado, son canales de comunicación, rutas llanas y rectas que se enclavan entre los montes facilitando el paso entre poblaciones ya que son los caminos más cortos y fáciles de transitar.

Las vías pecuarias suponen 125.000 kilómetros de rutas para el ganado trashumante en España, el 1% de su territorio, unas 450.000 hectáreas. Jurídicamente, en España, las vías pecuarias son bienes de dominio publico cuya titularidad ejercen las Comunidades Autónomas siendo esta protección jurídica la que las hace únicas en Europa.

Anchura legal

El Código civil y la Ley 3/1995 definen la denominación y anchura máxima que puede tener una vía pecuaria. En algunos tramos puede tener anchos mayores como consecuencia de la existencia de otras superficies pecuarias adjuntas (por ejemplo descansaderos, abrevaderos), en otros casos puede tener anchos menores como consecuencia de su vida administrativa.

    Cañada: Aquella via cuya anchura no exceda de los 75 metros.
    Cordel: Cuando su anchura no sobrepase los 37,50 metros.
    Vereda: Las vias cuya anchura no sea superior a los 20 metros.
    Colada: Su anchura se determina en el acto de la clasificación.

La Comunidad Autónoma de Andalucía, en el proceso de recuperación y protección del patrimonio público, que preside la Ley estatal de vías pecuarias, ha tratado de priorizar y racionalizar el trabajo. Con este fin, se elaboró el Plan de Ordenación y Recuperación de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por Consejo de Gobierno, de 27 de marzo de 2001, publicado en BOJA Nº 74, de 30 de junio.

Andalucía cuenta con una red de vías pecuarias de, aproximadamente, 30.000 Kms, lo que supone un 25% del total de la red nacional. Hasta la aprobación del referido Plan de Ordenación y Recuperación, estas vías pecuarias se habían venido gestionando a demanda de las distintas Administraciones y administrados. Lo que se pretende es priorizar y racionalizar un trabajo muy extenso que se inició con el Plan citado. Se han catalogado las vías pecuarias, fijando unos niveles de prioridad y asignándoles unos usos, que dirigen a la propia Consejería de Medio Ambiente en las distintas actuaciones a acometer y que pueden marcar los criterios a la hora de decidir si estamos ante una vía pecuaria irrenunciable o no. 

Las competencias sobre vías pecuarias en Andalucía está adscrita a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Fines de las Vías Pecuarias

Las vías pecuarias en la actualidad sirven no solo al tránsito de ganado sino también a otros fines dignos de protección.

    AGROPECUARIOS

Tránsito del ganado. (Han de estar libres y expeditas). Comunicaciones agrarias.

    MEDIOAMBIENTALES
Fomentar la biodiversidad. Intercambio genético de las especies faunísticas y florísticas. Movilidad territorial de la vida salvaje. Mejora y diversificación del paisaje rural.

    PÚBLICOS

Uso público. Actividades compatibles (esparcimiento ciudadano, senderismo, cicloturismo, cabalgadas, ect.)

2 comentarios:

  1. Hola buenos días,
    Propuse a la UICN las Vías Pecuarias como corredores ecológicos. Me pidieron si pueden incluir la fotografía del ciclista en la cañada para la publicación de la UICN. Es para una buena causa.
    ¿Podrían dar permiso de autor para incorporar esa fotografía en el documento?
    Muchas gracias

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    Respuestas
    1. La fotografía es obtenida de la red, nosotros la usamos con un fin informativo pues visualiza a la perfección el texto del artículo, suponemos que si ustedes la emplean con igual fin no habrá problema.

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